Lo que ahora necesitas es un ‘flight review’ por parte de un instructor de vuelo FAA para que te escriba un endoso en la bitácora de que has realizado satisfactoriamente una revisión de vuelo bajo Part 61.56(a). Esto satisface el requerimiento de acuerdo a Part 61.56(c) en el que en los últimos 24 meses debiste haber realizado una revisión de vuelo con un instructor FAA y obtenido el endoso, o tuviste que haber aprobado una prueba práctica para obtener un certificado o capacidad adicional.
Las horas en Estados Unidos no se certifican. Todo se basa en honestidad y en la situación en la que si tienes algún incidente o accidente, te investigan y algo no estaba bien, te revocan la licencia. Igualmente en las inspecciones de rampa en Estados Unidos verifican que cumplas con los requerimientos de experiencia reciente de acuerdo a Part 61.56 y 61.57, y si no cumples con algo, tendrás problemas.
En cuanto a la bitácora, debes conseguir una con el formato estadounidense, de acuerdo a Part 61.51, para el registro de los vuelos en aviones con matricula “N”. Además que tienen más orden y puedes organizar mejor tu experiencia. El formato que se utiliza normalmente en México es una porquería. No permite organizar bien tu experiencia. En la bitácora estadounidense sí puedes anotar vuelos en aviones con matrículas extranjeras (o sea, que no sea “N”) para demostrar experiencia reciente en Estados Unidos.
Para efectos de revalidación de la licencia mexicana, desafortunadamente la certificación de horas no es clara. Esto se puede consultar en los Artículos 14 y 15 del “Reglamento de Expedición de Permisos, Licencias y Certificados de Capacidad del Personal Técnico Aeronáutico” y no especifica si solamente horas de vuelo en aviones con matrícula mexicana o también extranjera. Unos inspectores o directores de licencias de la DGAC podrán decir que pueden certificar horas en bitácoras extranjeras, otros dirán que se deben certificar por medio de una apostilla. He visto que las horas en una bitácora extranjera se pueden certificar en una comandancia de la DGAC. Obviamente necesitas los planes de vuelo.
Para efectos de convalidación de una licencia de piloto extranjera a la mexicana, se tiene que apostillar la bitácora de vuelo extranjera. El administrador del avión o los aviones tiene que ir contigo a una notaría local para que firme la certificación. Con esa certificación por parte de la notaría, vas a la oficina del condado de la notaría para que certifiquen que el notario está registrado. Después, haces cita en la oficina estatal para recibir las apostillas.
En cuanto a la última pregunta, solamente puedes volar cualquier avión de menos de 5,700kg de peso máximo de despegue, con las capacidades de clase inscritas en la licencia FAA, con matrícula estadounidense, bajo VFR, si es que ese avión no requiere que cuentes con alguno o algunos de estos endorsements especificados en Part 61.31:
- Para volar un avión complejo (tren retractable, flaps, y hélice de velocidad constante)
- Para volar un avión de alto rendimiento (más de 200 caballos de fuerza)
- Para volar un avión presurizado
- Para volar un avión con patín de cola
Si tiene más de 5,700kg de peso máximo de despegue o es jet, necesitas un type rating.
Para checar Part 61:
http://www.ecfr.gov/cgi-bin/retrieveECFR?gp&r=PART&n=14y2.0.1.1.2
Espero que esto haya ayudado. Saludos!